Dº Diego López de Haro

De la colección «de Bilbao de toda la vida» de Tomás Ondarra y Jon Uriarte

Figura Histórica

Está confirmado que, durante los siglos XII y XIII, Bilbao ya se configuraba como puerto comercial, rivalizando con Bermeo (Villa desde 1.236 y durante años el primer puerto del Señorío), a la que arrebataría su primacía en el comercio de Vizcaya.

Ya en el año 1.214, se dice que los naturales de Bilbao tuvieron cercado a don Lope Díaz de Haro II, llamado “Cabeza brava”, VI Señor de Vizcaya, de 1.214 a 1.236, como medida de presión para conseguir algunos privilegios. De lo que se deduce, una vez más, que varios lustros antes, ya se conocía con el nombre de Bilbao al paraje en el que se estableció la nueva población.

Desde el siglo XII el Señorío de Vizcaya correspondía a la casa de Haro, una de las principales familias del reino de Castilla. La rivalidad entre el rey de Castilla y el próspero linaje de los Haro, originó años de luchas que pusieron en juego la titularidad de este Señorío. El primer Señor de esta casa fue don Diego López de Haro I, quien ejerció como tal de 1.093 a 1.124.

También en esta casa de Haro se gestó el drama medieval en el que se entrecruzaban intereses de familia y enfrentamientos entre reyes y reinos. Tras morir asesinado don Lope Díaz de Haro III “el de Alfaro”, que fue VIII Señor de Vizcaya de 1.254 a 1.288, su hijo don Diego López de Haro IV, “el Joven”, pasó a ser el IX Señor de Vizcaya. Se alió con el rey de Aragón y prosiguió el enfrentamiento armado con don Sancho IV, “el Bravo”, rey de Castilla, que provocó tal asesinato.

Fue entonces cuando entró en liza don Diego López de Haro, “el Intruso”, tío del nuevo Señor de Vizcaya y hermano del Señor asesinado. Marchó a Aragón y participó, también, en las luchas contra don Sancho IV, ”el Bravo”, a quien hostigó con sus tropas, con incursiones por tierras castellanas.

Don Diego López de Haro IV, “el Joven”, murió por enfermedad y saltó el pleito dinástico. Su hermana, doña María Díaz de Haro, debía sucederle en la titularidad del Señorío de Vizcaya. Las circunstancias, sin embargo, le impidieron ejercer su derecho: su marido, el infante don Juan estaba en prisión, encarcelado por don Sancho IV “el Bravo”; sus castillos y fortalezas de allende el Ebro las había ocupado el rey de Castilla; sus caballeros estaban dispersos y las principales casas-fuerte de Vizcaya, las había sometido don Diego López de Salcedo, en nombre de Sancho IV.

Dada la debilidad militar y política de su sobrina, don Diego López de Haro, “el Intruso”, que tenía fuerzas armadas y protagonizaba la guerra contra el rey de Castilla, concibió la idea de hacerse con el Señorío de Vizcaya. Incluso intentó varias veces entrar personalmente en Vizcaya en 1.292, 1.293 y 1.294. No lo consiguió por la oposición de las tropas de Sancho IV ”el Bravo”.

Cuando murió éste, en 1.295, pudo, por fin, llegar a Vizcaya. Fue reconocido Señor y su hijo como heredero. Es decir, consiguió el título por su poder militar y no por derecho de herencia. Y en uno de sus virajes políticos, típicos de la Edad Media, se alió con la viuda de su antagonista, la nueva reina de Castilla, María de Molina, comprometiéndose a sostener los derechos del heredero Fernando IV, a quien llamarían “el Emplazado”, con cuya hermana, doña Violante, contrajo matrimonio.

Desde 1.295 hasta su muerte en 1.310, don Diego López de Haro, “el Intruso”, gobernó Vizcaya, no sin las protestas de su sobrina, que alegaba sus derechos dinásticos.

Este pleito entre tío y sobrina se arregló, por fin, en la Junta General que se celebró en la localidad de Arechabalagana en 1.307. Don Diego y su hijo declararon que habían llegado a un acuerdo con doña María. Reconocían que ésta era la heredera directa del Señorío, y convenían en que, al fallecimiento de don Diego, doña María Díaz de Haro asumiría la soberanía de Vizcaya, aunque don Diego seguiría como Señor. Se restablecía así la sucesión legítima.

Será el 15 de junio de 1.300, cuando don Diego López de Haro V, XII Señor de Vizcaya y que, como ya hemos dicho anteriormente, ejerció el Señorío entre 1.295 y 1.310, funda la Villa de Bilbao al expedir, en Valladolid, la Carta-Puebla

Don Diego fundó Bilbao para potenciar las posibilidades mercantiles del enclave del Nervión, poblado por marineros, pescadores, molineros, ferrones, campesinos y mineros.

La Escultura

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Nombre: Don Diego López de Haro

Autor: Mariano Benlliure

Año: 1890

Ubicación: Plaza Circular

En la rotonda de la plaza Circular se eleva una de las estatuas carismáticas de la ciudad, la de Don Diego López V de Haro, obra del escultor valenciano Mariano Benlluire y Gil. Benlliure realizó la obra en el año 1889 en la ciudad de Roma. Desde esta ciudad fue trasladada a Bilbao en 1890. El monumento consiste en una figura de Diego López de Haro de cuerpo entero, de casi cuatro metros de alto, y en el momento de la entrega de la Carta Puebla a la Villa de Bilbao, que se alza sobre una base circular de piedra arenisca que descansa sobre un plinto cuadrangular del que parte una columna tronco piramidal. Estas dos últimas piezas están labradas en mármol de Ereño. En la parte superior, y en sus cuatro lados, se encuentra el escudo de la villa hecho en bronce.

Hay otras escenas grabadas en placas en bronce, también obra de Benlliure, en las que se representan episodios de la vida de don Diego. Dos placas de bronce muestran actos bélicos, las otras dos son dos inscripciones que rezan: Don Diego López de Haro/Señor de Vizcaya/fundó la Villa de Bilbao/el año MCCC.

La escultura ha tenido cuatro emplazamientos diferentes dentro de la Villa. Así, el 31 de agosto de 1890, la estatua tuvo como primer emplazamiento la Plaza Nueva de Bilbao. Ésta se engalanó para su recibimiento, colocándose mástiles y guirnaldas de laurel para celebrar una gran fiesta.

De allí, y ante la necesidad de levantar un kiosko de música en la plaza, se trasladó en 1894 a la Plaza Circular, permaneciendo allí unos 25 años.

Se barajaron entonces tres posibles ubicaciones: en la plaza de Bélgica, el Arenal o la plaza de los Santos Juanes. Finalmente, se decidió llevarla a los Santos Juanes en 1919.

Pero no sería éste su última ubicación, el 2 de noviembre de 1938 el alcalde José Félix de Lequerica decidió que se volviese a ubicar la estatua en la plaza Circular, en el centro de la misma, y con la estatua de don Diego mirando hacia el Casco Viejo de la ciudad. (Texto de Ana Prado en Bilbopedia)

La Carta Puebla

De la colección «De Bilbao de toda la vida» de Tomás Ondarra y Jon Uriarte

Una Carta PueblaCarta de PoblaciónPrivilegio de Población (en latín, chartae populationis) es la denominación del documento por el cual los reyes cristianos, señores laicos y eclesiásticos de la península ibérica otorgaban una serie de privilegios a grupos poblacionales con el fin de obtener la repoblación de ciertas zonas de interés económico o estratégico durante la Reconquista. Constituyó la primera manifestación de derecho local aparecida durante dicho proceso.

Pues la nuestra, la de Bilbao data del 15 de junio de 1.300, cuando don Diego López de Haro V, XII Señor de Vizcaya y que, como ya hemos dicho anteriormente, ejerció el Señorío entre 1.295 y 1.310, funda la Villa de Bilbao al expedir, en Valladolid, la Carta-Puebla

«En el nombre de dios et de la vgen bien aventurada Sancta María. Sepan por esta carta quantos la vieren e oieren como yo Diego lopez de haro señor de vizcaia en uno con mio fijo don Lope diaz et con placer de todos los vizcaínos hago en Biluao de parte de Begoña nuevamente población e villa que dicen el puerto de Biluao». Así comienza la carta puebla que don Diego López de Haro firmó en Valladolid el 15 de junio de 1300. Con ella se fundó Bilbao. Aquel acto ejecutor del Señor de Vizcaya no sólo convirtió en villa una población que ya existía asentada y repartida en ambas márgenes de la ría del Nervión. La concesión de la carta puebla hizo que Bilbao se convirtiera en una población diferente a cuantas la rodeaban y que dejara de pertenecer a la «tierra llana». Muy posiblemente, esa distinción ya existiera debido a que las actividades productivas dominantes en aquel enclave poco o nada tenían que ver con las propias de las poblaciones del interior. Se puede afirmar que en la zona de asentamiento situada en la margen derecha predominaban las actividades pesqueras y hasta se daba cierto trasiego comercial animado en buena medida por el hecho de que la ría era ya entonces una puerta de entrada para peregrinos que hacían el Camino de Santiago. En la margen izquierda, por el contrario, parece ser que imperaron actividades relacionadas con la extracción del hierro.

La carta puebla otorgó, como norma jurídica, el conocido Fuero de Logroño, el cual establecía una serie de privilegios bastante interesantes al mismo tiempo que suponía regirse por un derecho civil distinto al del resto del Señorío. Algo que en la práctica suponía gozar de una amplia autonomía municipal, de un régimen judicial propio, por el cual los vecinos habrían de ser juzgados en la misma ciudad, y de una especie de código penal mucho más liviano que el vigente para la «tierra llana».

Y lo más importante: los residentes en la villa eran considerados hombres libres. «Et do ffranco a vos los pobladores de este lugar que seades francos e libres et quitos para siempre iamas vos et los que de vos vernan de todos los pechos et de todas vereas tanbien de ffosaderas et de emiendas&hellip» Una libertad que, a efectos prácticos e interesantes, se concretaba en el disfrute de un régimen impositivo distinto al del resto. Es decir, los bilbaínos quedaron exentos de muchos impuestos. Conscientes entonces de que sólo este conjunto de privilegios era razón suficiente para despertar envidias y odios varios, los beneficios jurídicos derivados del Fuero de Logroño permitían la construcción de una muralla defensiva, elemento de suma importancia en una época tan convulsa como aquélla.

Junto a la ventaja de poder gozar de autoridades propias –«Et que ayades vros alcalle et jurados et prevostre et escrivanos públicos et ssayon vros vecinos et no otro ninguno».-, la carta puebla estableció las condiciones sobre las que, con el paso del tiempo, Bilbao habría de convertirse en uno de los centro neurálgicos del comercio entre Castilla y en norte de Europa. «Et otrossi vos otorgo que en vro puerto de protugalete ni en la barra ni en toda la canal que non haya precio de nave ni de bagel que vengan o salgan del lugar cargados con sus mercaduras et mostrando recabdo que vienen a este villa de Bilvao o van della, et pagando las costumbres et los derechos del señor que no sean retenidos ni embargados por razón de precio». Dicho de otro modo. Las gentes de Bilbao podían usar la ría libremente, sin que nadie cobrara impuestos a los barcos que hacia ella se dirigiesen o que de ella saliesen. Evidentemente, un privilegio de estas características no hizo sino acentuar la tendencia de los pobladores hacia las actividades comerciales. Otra de la ventajas que redundaron también en la conversión de Bilbao en un centro mercantil puro fue la concesión de un mercado semanal: «Et do vos mas que ayades por mercado casa ssepmana el Martes».

Con el paso del tiempo y gracias a los enfrentamientos que hubo en el seno de la familia de los de Haro, Bilbao vio cómo su posición de dominio comercial se fortalecía de manera considerable. En 1310, María Díaz de Haro, sobrina de Don Diego y para quien la fundación de su tío no tenía validez alguna, refundó la villa e introdujo un privilegio que resultaría ser clave. Estableció que el camino que iba de Orduña a Bermeo, por el que circulaban importantes mercancías procedentes de Castilla, pasara obligatoriamente por Bilbao -exactamente por el puente de San Antón-, en vez de hacerlo por Echevarri. Esto, unido al dominio ya establecido sobre la ría, hizo de la villa bilbaína el lugar perfecto para la actividad comercial.

El documento fundacional de Don Diego terminaba a la manera de los de la época. Se confirmaba que todo cuanto se otorgaba era para siempre y se aseguraba que así sería por su parte y por la de todos sus descendientes. Y como colofón, cerraba el documento con un juramento hecho «a dios et a sancta maria» ante los que ofrecía en garantía «mi alma de vos guardar el mantener bien et lealmente en todos vros fueros et derechos que sobredichos son». Al mismo tiempo lanzaba un contundente aviso a quienquiera que se atreviese a menoscabar los privilegios otorgados. De lo contrario, «cualquiera que lo hiciese o contra ello actuase, caiga la ira de Dios y la de Santa María y la mía propia y que yazga con la maldición de Judas Iscariote dentro de los infiernos para siempre jamás». (Texto de Imanol Villa en El Correo)

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